Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Organización del sector, las siguientes:
Organizar, de acuerdo con el Secretario General las actividades del Comité Ejecutivo Sectorial y de el sector, sujetándolas al estatuto; Pugnar por el fortalecimiento de la unidad entre las secciones y, cuando sea el caso, los centros de trabajo del sector, de acuerdo con las disposiciones estatutarias y las que emanen de los órganos de gobierno sindical; Planear y coordinar los actos sindicales en el ámbito de su competencia; levantar y recopilar las Actas de los órganos de gobierno y de las sesiones del Comité Ejecutivo Sectorial; Organizar el archivo del Sector, conservando al día y ordenada la documentación; Cuando no existan secciones, validar y controlar de forma transparente el otorgamiento de permisos sindicales; Entregar, mediante inventario, el archivo de la secretaría cuando deje el cargo; y Cumplir con las demás atribuciones y obligaciones que se deriven.